Modelos de Cogestión en la Escuela

 

La discusión que se desarrolla actualmente con tanto apasionamiento en las escuelas de la República Federal de Alemania sobre nuevos modelos de cogestión, ha llegado a un punto en que parece indicado hacer un balance de lo conseguido. Así lo expresa Wolf Scheller en una nota aparecida en Kulturbrief (Crónica Cultural, Bonn, 1972), que reseñamos a continuación.

Existen en varios Länder -por ejemplo en Renania del Norte- Westfalia, Hamburgo, Berlín y Baja Sajonia- amplios proyectos de leyes sobre la congestión en las escuelas. Durante meses, políticos, padres, maestros y escolares han discutido sobre propuestas siempre nuevas y sobre deseos de cambios, sobre la bi y la triparidad. Y también en los mismos Länder donde los gobiernos aún no han presentado ningún proyecto propio, las discusiones no han sido menos vivas. Los ministros de educación intentan realizar un balance a partir de las diversas tomas de posición, críticas y juicios de los diferentes grupos afectados. Es verdad que apenas si se encontrarán así ideas fundamentales nuevas. Y tampoco hay por qué suponer que los proyectos de leyes preparados vayan a experimentar correcciones demasiado grandes.

En Renania del Norte-Westafalia, el ministro de educación, Jürgen Girgensohn, ha puesto por ahora un punto final al debate iniciado en su ministerio. Hay que valorar más de 3 000 tomas de posición y más de 300 "Hearings" -en la ciudad y en el campo. El proyecto de su ministerio para la "Ley sobre la codeterminación en el sistema escolar" no se distingue demasiado de las iniciativas de los otros Länder regidos por los socialdemócratas. La conferencia escolar -compuesta en su mitad por maestros y en su otra mitad por padres y alumnos- deberá ser en el futuro el centro de todas las decisiones en la vida escolar. Deberá terminar sobre el trabajo de organización y educación, sobre el empleo de fondos públicos, sobre cuestiones internas de la escuela, así como sobre la aplicación unificada de principios justos para el enjuiciamiento de rendimientos. Sin embargo, hasta ahora no está claro qué margen de acción efectivo poseen estas conferencias, es decir, en qué medida deben codeterminar con responsabilidad la marcha de la vida escolar. Hasta la fecha se ha hablado en este punto de un derecho a presentar propuestas, que parece demasiado vago a padres y alumnos. Es cierto que Girgensohn ha dejado traslucir que aquí queda aún campo para mejoras, pero ya hay muchos críticos que temen que la ley no pueda satisfacer finalmente a los tres grupos directamente participantes -maestros, padres y escolares.

El proyecto de Hamburgo -que prevé la triparidad en la conferencia escolar- es considerado por grupos de escolares entusiastas con las reformas como el "non plus ultra" de una progresiva reglamentación de la cogestión. Aquí -análogamente a lo propuesto en Hesse y en Berlín-, las conferencias escolares deberán poder elegir los directores de escuela por diez años y revisar decisiones de los otros gremios - conferencia de maestros, consejo de padres y consejo de alumnos. Los cristiano demócratas de la oposición en Hamburgo ven en este modelo el intento de los socialdemócratas para traspasar "acríticamente a la escuela los gremios triparitarios de las universidades". Hay por lo menos una objeción contra la pretendida elección del director de la escuela por la conferencia escolar, que ha encontrado hasta hoy poca atención en la opinión pública : el digno de lástima llamado a desempeñar tal cargo se vería preso también en el futuro en el puesto de un funcionario ligado a indicaciones. El dualismo necesariamente resultante entre autoridad superior y conferencia escolar autónoma haría titubear a los mismos candidatos más dispuestos a esta labor.

En el estira y afloje del actual proceso de formación de opinión sobre un derecho de cogestión en la escuela con base legal se marcan de forma cada vez más clara los puntos de vista de los distintos grupos. Muchos maestros temen una limitación de un campo de acción, un cercenamiento de sus anteriores derechos. Los padres ven amenazada de muchas formas la garantía de su misión educadora. Los alumnos -reflexionando sus malas experiencias con la coadministración escolar- desconfían de todo futuro desarrollo en esta línea, porque sólo muy difícilmente pueden imaginar que las leyes de codeterminación se practiquen en este sentido. Los tres grupos exigen une comisión para casos de conflicto que en caso necesario pueda asumir también una función de árbitro. Con todo, aún parece más esencial el deseo de delimitaciones más claras de las competencias que no permitan interpretaciones equívocas en el uso de las leyes de cogestión. De lo contrario, la situación seguiría tal como la he descrito recientemente el escritor Paul Schallück : "La responsabilidad queda estrechada por el derecho de los padres, por la misión social de la escuela, por el estatuto de funcionarios de los maestros, por reservas jurídicas, como el derecho de soberanía interna y otras muchas cosas... Lo que queda de posibililades reales de congestión no es mucho."

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