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INTRODUCCIÓN Contenido
Los años ochentas no han sido fáciles para las instituciones públicas. Los costosísimos
errores de las políticas económicas y sociales del gobierno federal provocaron en muchos la desilusión
de lo estatal-gubernamental. Los yerros de las decisiones del gobierno fueron atribuidos al autoritarismo del sistema
político mexicano, y ya no a factores exógenos incontrolables o a malos cálculos y peor gestión
del aparato ejecutivo. La fuerte reivindicación reciente de la democracia se interpretó y presentó
como necesario control del gobierno federal y como el procedimiento político para evitar o corregir los
errores de gobierno.
La actitud generalizada de desilusión de lo estatal-gubernamental fue fértil terreno para que se
desarrollaran las críticas neoconservadoras contra el estado social, asistencial, popular(ista), interventor.
Se denunció el grosor, la extensión, la "obesidad" del Estado, no en nombre de una cultura
política de las libertades individuales (no inexistente pero sí poco acendrada en nuestra sociedad),
sino a causa de la comprobable "ineficiencia del sector público". De golpe, lo privado fue proclamado
virtuoso, creativo, eficiente, mientras lo público fue sinónimo de incompetente, improductivo, dispendioso...
El significado de lo público, tradicionalmente tan ambiguo y limitado en nuestra cultura política,
tuvo entonces un mal renacimiento. Fue sinónimo de ineficiencia. Después de recortes de programas
y presupuestos gubernamentales, despido de burócratas y venta de empresas paraestatales, se llegó
a las universidades públicas. Lo sorpresivo fue que el enjuiciamiento a la universidad pública surgiera
desde el gobierno federal mismo. Las universidades, movidas por su tradición de autocrítica, por
razones de moralidad institucional o por simple cálculo político de sobrevivencia, procedieron entusiastamente
a enlistar sus defectos, incumplimientos, fracasos y a explicarlos con un diagnóstico unidimensional que
imputaba todos los "males" a conductas impropias de los universitarios. Se volvió lugar común
considerar a la universidad pública como zona de desastre. Se procedió entonces a la tarea del rescate
a través de diseños de reformas llamadas académicas, pero que podrían también
ser entendidas polémicamente como reformas económicas, por cuanto todas las correcciones e innovaciones
conducían a abatir el gasto público en la educación superior.
Los primeros movimientos evitaron plantearse la cuestión de la reforma institucional de la universidad,
abordando la reforma académica sin relación con la organización institucional. Una posición
muy diferente a la de la sociedad mexicana en su examen del estado. En los años ochentas el cuestionamiento
inicial de las políticas gubernamentales terminó congruentemente por criticar a la misma estructura
del gobierno-estado. La reivindicación de la democracia entendió ir más allá de los
incumplimientos de los programas gubernamentales y de las ineficiencias de la agencia de gobierno. Ubicó
la raíz del problema en la misma estructura política y en el régimen legal que, promoviendo
y sancionando el autoritarismo, ocasionaba los fatídicos errores de las políticas gubernamentales.
Ejemplo de esta actitud fueron las reformas electorales, la liberalización de la opinión pública,
los intentos de planeación democrática, los avances de la competición política entre
partidos, los pronunciamientos por la descentralización del gobierno y el énfasis en la institución
municipal. Una operación semejante no sucedió en la universidad pública. Rectores y universitarios
han criticado las fallas, distorsiones e ineficiencias de las actividades docentes y de investigación. Han
llegado a considerar que cambios en los reglamentos y en los procesos administrativos inducirían conductas
nuevas que corregirían las anomalías improductivas. Pero la estructura de gobierno y de administración
de la universidad no fue cuestionada ni a ellas se imputaron las ineficiencias y deformidades institucionales.
Hasta que entran en el escenario los movimientos magisteriales y estudiantiles independientes se comienza a plantear
la cuestión crucial del régimen universitario y el modelo de organización de la universidad.
Aparece entonces la demanda de"democratización", "desburocratización". Enfrentamientos
de concepciones e intereses, junto con confusiones conceptuales, han ocasionado que la petición de reforma
institucional sea entendida como "cuestión política" y no como componente de la "cuestión
académica".
El presupuesto de este escrito es la idea de que no puede haber reforma académica sin reconsiderar la relación
de la autoridad universitaria con la comunidad de maestros y alumnos. Por tanto, el reordenamiento institucional
y organizativo de la universidad es condición necesaria para la reactivación académica. Para
desarrollar esta tesis se procederá, primero, a recordar la conceptualización teórica de "autoridad"
("relación de poder legítima"). Desde esta definición se pasa a entender a la autoridad
como "institución legal" y "organización administrativa". Se afirmará
entonces que hay "problemas (crisis) de legitimidad" en la dimensión institucional de la autoridad,
cuando hay más conflictos que regulaciones, es decir, cuando el mismo marco normativo de la institución
es incapaz de regular y pacificar los conflictos que aparecen en ella y que las mismas normas provocan por causa
de sus vacíos, ambigüedades, contradicciones y restricciones legales. Se afirmará también
que hay "problemas (crisis) de racionalidad" en la dimensión administrativa de la autoridad, cuando
hay más problemas que soluciones, es decir, cuando la misma estructura burocrática de la autoridad
es incapaz de resolver los problemas relacionados con la realización de los fines colectivos de la organización,
debido a decisiones técnicas carentes de eficacia y debido a la instalación de procedimientos de
control vertical en lugar de colaboración y aprendizaje colectivo.(1)
(1) Para una teorización de las crisis de legitimidad, racionalidad,
motivación e identidad, ver: J. Habermas, Problemas de legitimación del capitalismo tardío,
1975, Ed. Amorrortu, Buenos Aires.
En este escrito se dejará de lado la consideración sobre la "crisis" de la universidad
como institución social de producción y transmisión del conocimiento y que, en las últimas
décadas, ha sido imputada a diferentes procesos externos e internos a ella. Las causas multicitadas han
sido su "politización"(alineamiento gubernamentalo enfrentamiento estatal vía partidista
o vía movimientos sociales del estudiantado y magisterio...), su "masificación" (aumento
rápido de la población estudiantil, particularmente la de origen sociocultural inferior; asalariamiento
y sindicalización del personal académico y administrativo; desequilibrio entre la demanda escolar
y la oferta institucional de recursos humanos, educativos y materiales...), su desarticulación o su destiempo
con los requerimientos científicos, tecnológicos y profesionales del proceso productivo y del mercado
de trabajo (del "desarrollo nacional" en los países latinoamericanos) . Más radicalmente,
se ha imputado la crisis universitaria a la creciente pérdida de relevancia de la universidad en la producción
del conocimiento mundial significativo (la universidad como lugar de transmisión de información más
que de conocimiento, sitio de capacitación y entrenamiento profesional más que de generación
de teoría y tecnología...).
Dentro de este marco mayor se ha ubicado la "crisis" de autoridad de las universidades. La crisis de
autoridad ha sido frecuentemente considerada como el efecto final en el que fatalmente rematan los procesos antes
citados; o bien, a la inversa se ha considerado que la deslegitimación e ineptitud de las autoridades -por
lo que hicieron y dejaron de hacer- han sido la causa que desató tales efectos perversos. Se habla entonces
de rectores y directores injustamente destituidos por la politización del estudiantado, por los movimientos
sindicales, por la intervención gubernamental en los asuntos internos... O se cita la galería de
rectores y directores, desprevenidos, pusilánimes o incompetentes, que no supieron barruntar, plantear o
afrontar los problemas institucionales que generaban, por ejemplo, el aumento vertiginoso de la matrícula,
el rezago de los programas de estudios respecto de los requerimientos para el desarrollo, el pobre equipamiento
para la investigación, la intromisión del gobierno y los partidos políticos en la vida académica,
el desempleo de sus egresados ...
1. La noción de autoridad Contenido
Se asume como consistente la definición politológica weberiana de autoridad como la "relación
de poder legítima" dentro de una asociación. Y, dicho con mayor precisión, como la relación
social de poder que se fundamenta en "creencias de legitimidad" colectivamente compartida. Por extensión
se llama autoridad al sujeto titular y activo de tal relación. Cuando se trata de sistemas de acción
colectiva, de asociaciones, la autoridad es entonces la instancia cuya toma de decisión respecto de un determinado
asunto de interés general, por ser apreciada como legítima, se vuelve vinculante, imperativa, obligatoria
("máxima de conducta") para todos los miembros de la asociación. La autoridad, en cuanto
relación de poder constitutiva de una asociación, está en función de la realización
de los fines colectivos (existe para "poder" realizar los fines colectivos). Y en cuanto relación
legítima de poder, se basa en determinadas creencias de legitimidad que son generales y acendradas y que
suelen también ser argumentadas en su validez.
En cuanto poder o mando dirigido a la realización de los fines colectivos, la autoridad es (genera, forma
parte de) una organización para tomar e implantar las decisiones instrumentales pertinentes y eficaces.
En cuanto poder o mando legítimo, la autoridad es (genera, forma parte de) una organización que,
en conformidad con las creencias vigentes de legitimidad, regula normativamente, por un lado, los procesos de ingreso
y pertenencia al grupo, así como el tipo de interacciones lícitas dentro de él y, por el otro,
la obtención, el ejercicio, el ámbito y la pérdida del poder decisorio colectivamente vinculante.
La primera dimensión de la autoridad relativa a las decisiones orientadas a la realización de los
fines colectivos, será llamada convencionalmente la organización administrativa o simplemente la
"organización". La segunda, la relativa a la legitimidad del mando, será llamada simplemente
la "institución" y también, más específicamente, el "régimen"
o la "estructura de gobierno", cuando se trata de las normas relativas a las formas de obtener, conservar,
ejercer y perder el mando colectivo.
En la dimensión de la institución (legal), se pone el énfasis en el carácter normado
de la acción colectiva y, por lo que respecta particularmente a la autoridad, se acentúa la legitimidad
de su titularidad y de sus decisiones. En la dimensión de la organización (administrativa) se pone
el énfasis en la distribución, diferenciación e interdependencia de la acción colectiva
y, por lo que respecta a la autoridad, se acentúan los actos de dirección y coordinación de
las actividades que conlleva la toma de ejecución de las decisiones colectivamente vinculantes. En la modernidad,
la "organización" tiende a seguir reglas técnicas derivadas de enunciados causales empíricamente
probados. La "institución" se ordena según normas jurídicas en el sentido de normas
que son universales y abstractas, dotadas de colectividad para garantizar su vigencia, que fueron deliberadamente
establecidas con el fin de hacer respetar los valores (fines) fundamentales de la asociación y que son argumentables
con referencia a tales valores.
Así como toda forma de asociación colectiva existe hoy simultáneamente como una organización
de actividades bajo reglas comunes, así también la autoridad se presenta como institución
legal y organización administrativa. Son sus dos realidades constitutivas. Noobstante quela institucionalidad
legal y la organización administrativa de la autoridad se orienten según diversos criterios de validez
(la prueba de causación de los enunciados que sustentan la decisión o la argumentabilidad racional
de los valores, fines y medios que orientan la decisión), en la vida real empero forman una unidad. Los
actos de autoridad reclaman simultánea o sucesivamente la validez legal para su derecho de decidir y la
validez científico-técnica para la pretensión de idoneidad y eficacia de sus decisiones. Por
ello, la legitimidad cabal, entera, de una autoridad descansa a la par en la corrección legal y técnica
de las decisiones. Toda decisión de autoridad tiene una doble dimensión, la legal y la técnica.
Por ello, también, los problemas (la crisis) de autoridad tenderán a ubicarse simultánea o
sucesivamente en esas dos dimensiones básicas: por ilegalidad y/o torpeza de mando, por arbitrariedad y/o
por error, por autoritarismo y/o por amateurismo. Podrán suceder entonces problemas (crisis) de legitimidad
y problemas (crisis) de racionalidad, respectivamente. Cuando las decisiones ilegales y/o ineficaces despliegan
todas sus consecuencias, es altamente probable la aparición de problemas (crisis) de motivación entre
los miembros de la asociación. La desmotivación, al privar de energía a las interacciones
y los intercambios dentro de la asociación, puede rematar finalmente en situaciones amenazadoras para la
identidad de la institución-organización, en problemas (crisis) de identidad.
2. La dimensión institucional de la autoridad universitaria
Contenido
No obstante que la universidad es una institución de saber, ella también es una institución
de poder (legítimo), jerárquica, escalonada por rangos, en la que existen relaciones de mando y obediencia.
Es plausible nuestra tendencia a pensar la universidad como una comunidad cohesionada por el valor incondicional
del conocimiento o como una comunidad en la que las únicas distinciones de rango son las determinadas por
los grados del saber. Pero esta idea claustral, gremial, colegial de universidad, si bien puede ser una poderosa
"idea regulativa", no puede ocultar ni extinguir el hecho real de que existen "rectores", "directores",
"consejeros". . . y que éstos son todos figuras de autoridad, de mando, con poder decisional vinculante
sobre las conductas de maestros, estudiantes y trabajadores. El que se les llame "autoridades académicas"
quiere decir única o principalmente que la titularidad de su mando sobre los asuntos universitarios, inclusive
los estrictamente académicos, es legalmente correcta. Si adicionalmente se quiere denotar con ello un liderazgo
estricta y genuinamente académico, un "magisterio" basado en la probada excelencia de la obra
de docencia e investigación, se introduce una condición de legitimidad pertinente y hasta éticamente
constructiva, pero insuficiente y hasta innecesaria de acuerdo con los términos del cuerpo legal de una
universidad dada. En suma, la "comunidad universitaria", además de ser "academia", "escuela",
"seminario", "simposio", es también "régimen" y "jerarquía",
"gobierno" y "rectoría".
La cuestión en torno de la autoridad universitaria no puede restringirse a la conducta de su (s) titular
(es). Incluye intrínseca y necesariamente la estructura legal de gobierno de la universidad, el régimen
universitario, en cuyo marco se recortan los titulares. En efecto, la producción del titular de la autoridad,
el ámbito de su decisión, el periodo de su mando, las condiciones para su impugnación y destitución,
no son de ningún modo iniciativas libres, sino que están predeterminadas por el sistema de normas
jurídicas que definen la existencia, índole, alcance y entrelazamiento de las relaciones de poder-obediencia
en la universidad. Este sistema institucionalizado de normas y relaciones de autoridad, dentro y bajo el cual se
configuran y actúan los titulares regula la competición por y la competencia de la autoridad. Por
consiguiente, determina la forma válida de generar a los decisores y a las decisiones vinculantes de la
organización universitaria.
Hay entonces dos maneras de entender los problemas de autoridad en la universidad. Hay un sentido inmediato y amplio,
que alude a la crisis de los titulares, de sus estilos personales (psicología) de gobernar y de sus equipos
de gestión; y un sentido estricto y profundo, que alude a los problemas y quizá a la crisis del régimen
institucional, de la estructura legal del gobierno universitario. Aunque es necesario mantener distintos estos
dos aspectos/momentos críticos, es también claro que bajo ciertas circunstancias la recurrente crisis
del titular termina por ser síntoma de crisis institucional de la universidad.
Muchos son los tipos y casos de "crisis" de autoridad de titulares que no acarrean una crisis institucional.
La remoción del titular anómico es suficiente en estos casos para reponer el funcionamiento y desarrollo
institucional. El "principio de Peter", que atañe a la carrera de los individuos, no es todavía
el principio explicativo de los límites de la acción institucional. Como se tiende empero a pensar
que los problemas y los conflictos irrumpen a causa de las conductas particulares de los sujetos empíricos
de autoridad, pero no a causa de la estructura objetiva y general de la institución universitaria, se suele
también menospreciar su impacto negativo. Sin embargo, los groseros "vicios privados" de las autoridades
universitarias suelen ocurrir con demasiada frecuencia y ocasionan males de ardua corrección. Engendran
conflictos intestinos, dividen comunidades, desmantelan trabajos colectivos de años, desalientan iniciativas
y derrotan esperanzas... Por ello deben ser explícitamente denunciados como vicios, además de ser
empíricamente explicados en su acontecer. Normalmente tienen que ver mucho con el entorno político-estatal
en el que la universidad está inserta y con la cultura políticoadministrativa dominante (y rezagada)
de una sociedad, la cual llega a infiltrar el modo de entender, regular y ejercer la autoridad universitaria.(2)
Se trata ordinariamente de vicios que se anidan en la elección y designación de las autoridades y,
por otro lado, de vicios que infiltran el ejercicio de su gobierno. Este mundo de vicios queda al descubierto en
las innumerables experiencias de candidaturas y nombramientos gobernados por la lógica de favores, propia
del "nepotismo", el "amiguismo", la "clientela", el "grupo", la "generación",
el "partido"... También queda exhibidos en los actos de arbitrariedad, ignorancia, parcialidad,
corrupción, exclusión y persecución de (supuestos) adversarios..., que ocurren durante su
periodo de gobierno.
(2) Es notorio el estilo "presidencial" de las autoridades universitarias.
El lapsus jurídico-político del "jefe nato" se refuerza con la expectativa de numerosos
universitarios por el advenimiento del "gran rector" que lleve a cabo la "reforma universitaria"
resolutoria.
en la elección y designación de las autoridades y, por otro lado, de vicios que infiltran el ejercicio
de su gobierno. Este mundo de vicios queda al descubierto en las innumerables experiencias de candidaturas y nombramientos
gobernados por la lógica de favores, propia del "nepotismo", el "amiguismo", la "clientela",
el "grupo", la "generación", el "partido"... También quedan exhibidos
en los actos de arbitrariedad, ignorancia, parcialidad, corrupción, exclusión y persecución
de (supuestos) adversarios..., que ocurren durante su periodo de gobierno.
Aunque de ordinario estas conductas suelen salvar las apariencias, tratando de abrigarse en los requisitos legales
de la autoridad formal, es inocultable que el ascenso a la titularidad del mando universitario y la permanencia
en el cargo descansan de hecho en otras relaciones de poder que se han ido tejiendo silenciosamente dentro de la
institución y que han logrado alcanzar mayor fuera y significado entre los miembros interesados en la obtención
de posiciones de autoridad o de administración. Estas relaciones, aunque no suelen ser ordinariamente de
conocimiento público ni ofenden notoriamente la legalidad, quedan empero fuera de todo ordenamiento legal.
La coexistencia de dos estructuras de poder, la de derecho y la de hecho, introduce una suerte de "legitimidad"
paralela, subterránea y secreta, extremamente vital para el "círculo de los notables" pero
letal para la cohesión, dedicación y energía de la universidad. Tarde o temprano tiene el
efecto de erosionar la soberanía y carácter público de la legalidad institucional y termina
por socavar las creencias de legitimidad de una comunidad. Esta situación, sobre todo si frecuente y prolongada,
ocasiona "problemas (crisis) de motivación", que suelen manifestarse en el creciente desinterés
del personal académico por representar, participar, opinar, competir, hacerse cargo de asuntos colectivos.
.. Se manifiestan también en el cultivo de actitudes cínicas y de simulación. Para otros universitarios
es preferible abandonar la universidad.
Sin embargo -y esto es lo que importa subrayar-, los errores mortales de las autoridades en sus tomas de decisión
pueden y suelen estar causalmente relacionadas con la forma misma de la institucionalidad de la universidad y,
en particular, con la forma de su institucionalidad política, la que atañe al régimen o estructura
de gobierno. Aquí el problema ya no consiste en el hecho de que el cuerpo de normas jurídicas se
subordine a otras normas de poder ocultas o en el hecho de que las normas sean abiertamente incumplidas. El problema
se centra en el mismo "gobierno de leyes" y no el "gobierno de hombres". Reside ahora en el
hecho de que la normatividad universitaria pierde significado y consenso, por cuanto se muestra incapaz de generar
entre los universitarios la integración, el entendimiento, el acuerdo, la estabilidad. Se ha vuelto incapaz
de prevenir o resolver conflictos, de sustentar y alimentar la identidad de la institución. Esta peligrosa
situación significa concretamente, por un lado, que los valores y fines por y para los cuales existe la
universidad, en los que las normas se basan y se justifican racionalmente, ya no parecen tener expresión,
realidad, vitalidad, efectividad en las normas mismas (leyes, estatutos, reglamentos), así como están
formuladas e interpretadas. Por otro lado, puede significar que las relaciones de poder, cuya competición
y competencia en la organización entendían la norma regular, con el fin de ordenar y pacificar la
institución toda, terminan por rebasar leyes, disposiciones y reglamentos, desencadenando enfrentamientos
ya no arbitrales institucionalmente.
El cuestionamiento de las normas universitarias, de su sentido institucional y de su eficacia reguladora, aparece
cuando se comienza a generalizar la opinión (argumentable, comprobable) de que las actividades de docencia,
investigación y difusión del conocimiento, así como están prescritas por las normas
vigentes, no guardan una relación causal necesaria con la realización de los fines que persiguen
ni tampoco una relación de obligatoriedad incondicional con los valores de fondo que las inspiran y sustentan
(el valor del conocimiento verdadero, objetivo, y el de la libertad racional, junto con el universo de actitudes
valiosas que de ellos se derivan, tales como la libertad de cátedra e investigación, el diálogo
argumentado, la tolerancia, el entendimiento razonado...). A la inversa, las conductas prescritas son probadamente
inferiores en pertinencia y eficacia a otras opciones de comportamiento o contradicen y limitan los valores que
están a la raíz de la voluntad por cultivar colectivamente el conocimiento. En el primer caso, se
trata de una crítica de carácter técnico-instrumental contra la reglamentación, mostrando
su ineficacia para la realización de los fines institucionales. En el segundo, se cuestiona su pretensión
de ser expresiva de la imperatividad de los valores de racionalidad y libertad que sustentan la preservación,
búsqueda, invención, difusión, enseñanza del conocimiento genuino. Se cuestiona, en
suma, la eficacia causal y/o el deber-ser de las leyes y reglamentos, las dos fuentes de su pretensión de
obligatoriedad colectiva. Para la crítica de la legalidad se procede, respectivamente, a mostrar su incorrección
técnica ("falsación"), ofreciendo explicaciones causales alternativas, y/o a mostrar su
incorrección valorativa, ofreciendo otras deducciones ético-jurídicas de mayor congruencia
con los valores fundantes de la actividad universitaria.
Muchos podrían ser los ejemplos de esta probable situación institucional. Para descubrir los defectos
técnicos y valorativos de una legislación universitaria, basta dar una mirada analítica a
las diversas normas legales que determinan las condiciones de pertenencia a la institución universitaria
(reglas de ingreso, promoción y definitividad del personal académico; reglas de ingreso, permanencia
y egreso de estudiantes...), las condiciones de interacción dentro de la comunidad (reglas de rendimiento
e intercambio entre estudiantes y maestros, académicos y autoridades, académicos y trabajadores...),
las condiciones de comnetición por los cargos de autoridad (reglas para la producción de los decisores
legítimos) y el ámbito de competencia de los cargos de autoridad (reglas para la determinación
de las materias de decisión legítima y reglas para la participación de los universitarios
en la producción de las decisiones). El análisis haría manifiesto no sólo la improcedencia
técnica y la coartación valorativa de los reglamentos, sino también los vacíos, las
ambigüedades, las contradicciones y las neutralizaciones presentes en el cuerpo legal universitario.
El análisis técnico y valorativo de la legislación concluiría, a manera de ejemplo,
que determinados reglamentos de acreditación y titulación de estudiantes no sólo lesionan
la libertad de docencia e investigación (rigidez conductual en programas de asignatura, obligatoriedad unilateral
de bibliografías, rigidez indiferenciada de exámenes departamentales...), sino que descansan en supuestos
pedagógicos científicamente dudosos y empíricamente inoperantes. Determinados reglamentos
de ingreso, promoción y definitividad de los académicos no sólo son restrictivos de los valores
universitarios de la participación comunitaria (valor de la autonomía), de la calificación
y el mérito académico, sino que introducen pruebas de idoneidad y progreso académico, enteramente
discutibles o falseables en sus criterios de evaluación de aptitudes y rendimientos. O simplemente se descubriría
que no existe disposición alguna que regule la contratación de los cuadros altos y medios del personal
directivo de confianza, precisen su ámbito y procedimientos de autoridad y defina los modos obligatorios
de relación de las autoridades y burocracias con los docentes, investigadores y estudiantes.
Cuando el "gobierno de leyes" frustra la expansión de sus valores de soporte y la realización
de los fines colectivos, es obvio que las mismas leyes ocasionarán conflictos, serán incapaces de
depurarlos y solucionarlos padeciendo procesos de des legitimación irreversible. Esta situación crítica
puede ser definida como aquella en la que la institución enfrenta conflictos en sus interacciones e intercambios,
que las normas ya no pueden regular y pacificar, restituyendo la integración social. Ello suele suceder
cuando hay más conflictos que regulaciones y, más profundamente, cuando este desequilibrio normativo
es imputable de manera principal a la arquitectura de las normas mismas en los términos de su formulación
vigente.
Pero la deslegitimación más turbulenta y peligrosa de la ley universitaria tiene lugar en el momento
en que las normas ya no logran regular las conductas y las relaciones de poder que se enfrentan en el seno de la
universidad. El caso crucial es el que concierne a las reglas que presiden la producción de los decisores
y de las decisiones colectivamente vinculantes. Cuando los estatutos tienden drásticamente a limitar la
libertad de acción de los universitarios gobernados (límites de participación, representación,
opinión, elección, petición, impugnación, crítica) y, a la inversa, amplían
la libertad de movimiento y decisión de las autoridades (en los procesos de elección, designación,
contratación de funcionarios y autoridades; en materias financieras, académicas, laborales) casi
hasta la frontera de la total discrecionalidad sin obligación de dar cuenta de sus actos a la universidad
de los maestros y alumnos, entonces el conflicto está virtualmente inscrito en la norma misma y sólo
a la espera de la oportunidad propicia para desplegarse manifiesta y rudamente.
El fogón del conflicto no arbitrable institucionalmente, por cuanto suscitado por la misma institucionalidad
legal, yace en la magnitud de las limitaciones que grandes núcleos de población universitaria padecen
en el ejercicio de sus libertades académicas (de docencia, investigación, expresión, opinión
...) y de sus libertades "políticas" (de representación, elección, participación,
opinión ...). Es institucionalmente desestabilizadora larestricción reglamentaria de las libertades
académicas y, en particular, de las libertades políticas en el punto algidísimo de la competición
por y la competencia de las autoridades universitarias. Una institucionalidad legal que formula y sanciona una
subordinación general de los universitarios a centros de autoridad excluyentes, sin determinar contrapesos
y controles, es un contrasentido de la acción universitaria, guiada por la libertad y el razonamiento, la
pregunta y la búsqueda, la iniciativa y el involucramiento.
Frecuentemente se ha opuesto la Academia a la Burocracia. Se puede hablar también, más radical y
decisivamente, de una oposición entre legalidad y academia. Esto acontece, cuando rigen reglamentos no racionalmente
sustentables, es decir, cuando es inverificable la pretendida eficacia causal de las conductas prescritas para
la realización de fines colectivos y cuando no es argumentable desde los valores fundamentales su pretensión
de exclusiva imperatividad. La situación empeora, cuando el cuerpo lega; extiende el ámbito de facultades
decisorias de las autoridades, hasta el punto que los errores técnicos y las restricciones valorativas de
sus decisiones solitarias quedan sin responsabilidad legal, sin sanción institucional. Limitaciones infundadas
de las libertades, así como reglamentaciones inargumentables racionalmente, derrotan las actitudes de fondo
de los universitarios y la razón de ser de la universidad. Lamentablemente mucha legalidad universitaria
es la sanción jurídica de la discrecionalidad y arbitrariedad. En este aspecto débil de la
institucionalidad académica y del régimen universitario se encuentra el origen de los problemas y
crisis de autoridad en la universidad pública.
Tampoco es raro observar que muchas legislaciones universitarias acarrean tales supuestos estamentales y corporativos
que, en comparación con la constitucionalidad legal del estado moderno, la cual suele ser más rica
y ordenada en la garantía y reglamentación de las libertades individuales, muestran su rezago y premodernidad.
Hay una "culpable minoría de edad" en la legalidad universitaria. Muchas veces se levanta la defensa
del saber racional en contra de la irrupción del poder del estado en los asuntos académicos. Ello
es perfectamente correcto, pero no debe pasar por alto el que en el estado moderno de derecho rige irrestrictamente
el principio de la igualdad universal ante la ley, mientras leyes y reglamentos universitarios establecen no raramente,
en diversos tópicos, tratos diferenciados y conceden prerrogativas a determinados grupos de la población
universitaria con exclusión de otros (a autoridades con exclusión de académicos, a académicos
con exclusión de estudiantes ...). Tampoco se debe olvidar que la legalidad que regula el acceso, la competición,
la distribución y el ejercicio del poder estatal otorga mucha mayor oportunidad de participación,
influencia y representación a los ciudadanos que la legislación universitaria otorga a docentes,
investigadores, alumnos. Los universitarios nos hemos creado una tan fina como indiferenciada ideología
de la "aristocracia de la sabiduría" con el fin de contrarrestar los fermentos democráticos
de alumnos y maestros demandantes. Ello ha generado un malentendido entre los universitarios sobre el sentido,
el alcance y el modo de ejercer la democracia en el ámbito de la organización académica y
administrativa de la universidad. Por ello, tanto los opositores como los promotores de la democracia universitaria,
suelen entender por ella formas plebiscitarias,indiferenciadamenteparitarias y cogestionarias, asambleístas
(tan manipulables como dictatoriales). Sin embargo, resulta hoy muy difícil afirmar o prever que una ideología
selectiva, elitista, de la autoridad universitaria sea capaz de producir integración, consenso y paz dentro
del campo universitario. Al contrario, un avance inteligente y constructivo de la democracia puede ser decisivo
para la revitalización de la institución universitaria. Democracia, entendida como creación
de reglas de participación y elección definidas y ponderadas en relación con específicos
cargos y específicas materias de decisión. No se trata de una democratización indiferenciada
(¿cuál significado y efecto constructivo puede tener un proceso plebiscitario en la vida de la universidad?),
sino de definición de reglas más abiertas y públicas de participación de los universitarios
en la producción de los decisores y de las decisiones.(3)
(3) La discusión crucial acerca del sentido, la validez y el alcance
del concepto de democracia en la universidad queda aquí suspendida, por no ser objetivo de este escrito.
3. La dimensión organizativa de la universidad
Contenido
Sin entrar en explicaciones de detalle, hecho innegable es que la organización administrativa de la autoridad
universitaria está estructurada según el modelo de la burocracia: organización centralizada,
jerárquicamente escalonada, diferenciada según funciones y tareas definidas que están a cargo
de operadores expertos y especializados, dotada de reglas procedurales de operación que son consideradas
eficaces para determinadas clases de problemas o situaciones, con rendimientos y efectos calculables, programables
y susceptibles de evaluación y corrección. Este modelo de organización es el llamado por Weber
"dominación legal-burocrática". Fue calificado como la organización "racional",
por cuanto su eficacia respecto de la realización de fines (solución de problemas) descansa en su
capacidad de conocer y controlar los factores que determinan la efectuación del acontecimiento aspirado
como fin. Se trata entonces de una organización (de la acción colectiva) basada en el principio del
control de la realidad sobre la base del conocimiento. Nuestra capacidad de control es función de nuestra
capacidad de conocimiento y, por tanto, fracaso práctico y error o ignorancia son interdependientes. La
burocracia se asume así como la forma de organización que tiene la propiedad de ser capaz de prevenir
el error o de corregirlo a partir de los resultados del conocimiento. En suma, como dice atinadamente Weber, es
"la autoridad con base en el saber".
La autoridad, responsable de la definición y la efectuación de los fines y objetivos de la asociación,
no puede sino originar (ser ella misma) una organización de agentes distribuidos según su capacidad
de conocimiento (causal) y de competencia especializada. A la apariencia, la organización burocrática
se muestra como una estructura vertical de mando y obediencia, donde cada uno de los peldaños de operación
recibe y da órdenes. Vista en profundidad, el sentido formal y manifiesto de todo ese cotidiano obedecer
y mandar es el de determinar y realizar con eficacia y eficiencia los objetivos de relevancia colectiva. El orden
jerárquico de autoridad legal se acompaña a lo largo de su descenso y ascenso por el rango de los
conocimientos, las especializaciones, las habilidades. Por ello, en la organización burocrática tienden
a recubrirse la jerarquía del mando y la del conocimiento. La aceptación de esta estructura organizativa
presupone admitir que el ejercicio de autoridad, además de ceñirse a la legalidad, se sujeta al principio
de eficacia, al principio de causalidad; a la legalidad jurídica y a la legalidad causal. De esta manera
el modelo organizativo supone la equivalencia entre autoridad -administración eficiente- conocimiento causal-control
de comportamientos.
De esta conceptualización de la burocracia, según la cual se interconectan autoridad de mando y de
conocimiento, se sigue finalmente que las "decisiones", los "planes", los "programas"',
las "políticas", son fundamentalmente "hipótesis".(4) Las órdenes
son todas enunciados causales del tipo "si, luego entonces...", que formulan las "condiciones iniciales"
y los "resultados previsibles": "si se hace a + b + c. . ., sucederá entonces el evento x",
deseado según una escala de preferencia. En cuanto hipótesis, las decisiones pertenecen a la clase
de los enunciados causales condicionados, aún a la espera de validación empírica y que de
ninguna manera pueden ser juzgados como válidos de suyo, a priori, por el simple hecho de haber sido pronunciados
(por una autoridad). Las decisiones administrativas, aun si gozan de la legitimidad, por ser tomadas y ejecutadas
conforme a normas vigentes, son sólo "actos experimentales", no "terminales" (terminantes).
Las reglas de comportamiento que establecen, con el propósito de establecer el nexo causal que se juzga
idóneo para la realización del fin perseguido, no pueden tener más que una razonable pretensión
de validez, condicionada a la solución observable del problema (la efectuación del hecho previsto
y deseado como fin). Tanto en el comportamiento organizacional como en el científico, todos los enunciados
causales (las decisiones, los programas, las órdenes), los teóricos y los técnicos, deben
estar sujetos a procedimientos de control respecto de su pretensión de corrección y validez. Deben
ser entonces enunciados comprensibles en sus términos, formulados públicamente y de tal modo que
sea posible para cualquiera reconstruir y "falsar" el nexo causal que enuncian y que las autoridades,
legalmente competentes, han instaurado como el único o el preferible modo de llevar a cabo los fines generales
de la organización. En este sentido, las decisiones, los enunciados causales que ellas enuncian y generalizan
imperativamente en la asociación, tienen que ser considerados como susceptibles de error, "bajo riesgo
de error". Por ello, sólo procedimientosaceptados, públicos y quizá institucionalizados
de control intersubjetivo (la revisión, el cuestionamiento, la contrapropuesta, la crítica...) pueden
asegurar la objetividad, es decir, la eficacia de una organización en la realización de sus fines.
Las "comunidades científicas" han logrado un proceso exitoso de acumulación de conocimientos
gracias a protocolos universales compartidos no sólo de observación y experimentación, sino
de presentación, discusión y aceptación de resultados. En resumen, la institucionalización
de la crítica racional empíricamente sustentada es un componente esencial de la organización
burocrática que aspira a aumentar su eficiencia y eficacia en la realización de los fines colectivos.
(4) Para la concepción de decisiones como hipótesis, ver M. Landau
"On the concept of a self-correcting organization" en Public Administration Review, nov.-dic. 1973; J.
Pressman y A. Wildavsky, Implementation, Berkeley University Press, 1973.
Ahora bien, la "paradoja de la burocracia", a causa de la cual se han lanzado a organizaciones y funcionarios
las críticas más severas, tiene lugar cuando la burocracia tiende (decadentemente) a entenderse como
un sistema eficaz y acabado de decisión, pretendidamente basado en un cuerpo de experiencia y de conocimiento
teórico amplio y suficiente que la provee de un repertorio de respuestas técnicas apropiadas para
una o para toda clase de problemas. En este momento, en el que la organización y su proceso de toma de decisiones
cree parecerse al de un sistema teórico cerrado de leyes, determinista y deductivo, las únicas dudas
posibles conciernen a la implantación de las decisiones y de ninguna manera a la validez y pertinencia de
las decisiones mismas. El control se vuelve entonces el problema básico de la organización, pues
el virtual foco de errores se localiza en la actividad de los operadores, quienes presumiblemente pueden malentender
(simplemente no querer) objetivos o procedimientos y proceder discrecionalmente al margen de las instrucciones
técnicas transmitidas como órdenes superiores. Las cuestiones relevantes de la organización
administrativa se transforman en las de cómo evitar las deficiencias de control sobre el comportamiento
de los operadores (sobre sus preferencias, sus procedimientos operativos, sus tiempos y movimientos ...), cómo
optimizar los controles sobre las conductas, cómo extenderlos, intensificarlos, interiorizarlos, De aquí
la compulsión a las frecuentes reorganizaciones (departamentales, sectoriales, divisionales matriciales
...) de la administración de la autoridad, la frecuente introducción y modificación de manuales
de procedimientos, el continuo reclutamiento, cambio y despido del personal directivo. Pero, sobre todo, la obsesión
por el control como el mecanismo de disminución del error en la organización que desata tendencias
imparables hacia la centralización y la unicidad en la toma de decisión colectiva, hacia la transformación
de las decisiones administrativas ("actos experimentales") en órdenes rígidas y hacia el
establecimiento improductivo y contraproducente de controles agobiadores sobre las conductas de administradores
y miembros de la organización, ahora entendidos simplemente como "subordinados" o "dependientes".
En suma, la estructura burocrática de la autoridad suele rematar en un sistema cerrado y unilateral de control
central, que gobierna y evalúa la gestión de sus decisiones bajo el principio de "las conductas
no prescritas son proscritas". La obediencia ciega, la puntillosa conformidad a las instrucciones, el pasivo
"sí, señor", en lugar de la colaboración ilustrada, el debate constructivo, la corrección
de decisiones y el aprendizaje colectivo, se vuelven las virtudes de una burocracia más preocupada por la
conservación de sus intereses y posiciones que por la eficiencia de la organización en el alcance
de sus fines.
La paradoja de la burocracia se arraiga cuando las decisiones olvidan su carácter de hipótesis susceptibles
de error o cuando creen (y hacen creer) que ya han sido empíricamente probadas, por lo que pretenden valer
como leyes o teoremas causales sin excepciones y sorpresas. En este momento las decisiones se presentan como reglas
autoritativas de comportamiento y no como iniciativas de acción colectiva, susceptibles de experimentación,
aprendizaje y corrección. Fuente de confusión es suponer que la decisión tomada de acuerdo
con la ley jurídica es también respaldada por una ley causal que garantiza su pertinencia y eficacia.
Las decisiones se vuelven entonces actos de mando y dejan de ser prescripciones técnicas de eficiencia respecto
de la realización de objetivos. Se vuelven actos de autoridad y no de administración. La autoridad
pasa a ejercerse defensivamente: las órdenes tienden a marcar la diferencia de rangos más que a realizar
los fines colectivos. El sentido de la autoridad en una organización se borra progresivamente. No se abandonan
las decisiones/reglas de comportamiento que padecen observables anomalías y que empíricamente se
muestran irrelevantes y hasta contraproducentes para la realización de los efectos previstos. La crítica
a las decisiones/reglas, a causa de las muchas evidencias de su fracaso, son empero traducidas y fustigadas como
rebeldías y agresiones a las personas (las personalidades) de las autoridades. La crítica se vuelve
entonces una infracción legal y una actividad de sabotaje de la organización más que un proceso
constructivo de rectificación y aprendizaje colectivo sobre cuáles procedimientos de acción
colectiva llevan al punto deseado y cuáles, pese a su imperatividad y controles, desvían y desgastan.
La administración burocrática, por muchos motivos, termina entonces por volverse rígida. Procede
a filtrar de manera estereotipada la nueva información sorpresiva y problemática que le llega de
su entorno, mantiene inalterado su repertorio de respuestas ante los problemas organizacionales y se ciega ante
los reiterados fracasos de sus decisiones. Inhibe dentro de la organización actividades públicas
de evaluación, de detección de errores, de difusión de opiniones alternativas, de innovación,
de procedimientos, de discusión y autocrítica, llegando al colmo de prohibirlas legalmente. La burocratización
peyorativa de una organización avanza cuando la certidumbre subjetiva de directivos y operadores suplanta
la incertidumbre objetiva que rodea casi todos sus campos de decisión.
Desde la óptica institucional, la autoridad es la facultad de tomar decisiones colectivamente vinculantes;
pero, desde la óptica organizativa, las decisiones vinculantes son prescripciones de comportamiento basadas
en enunciados causales hipotéticos. La legalidad del mandar no cancela sino, a la inversa, conlleva la falibilidad
del mandato y el riesgo del error (teórico-técnico). Estar en una institución/organización
significa aceptar sistemas de acción colectiva y autoridades susceptibles de error, de equivocación,
de fracaso. Esto es un punto obvio pero olvidado por los moralistas y los revolucionarios. Pero también
significa, en sentido contrario, negarse a la equivocación reincidente, al error repetido y no corregido,
a la ignorancia. Otro punto obvio pero también olvidado por ideólogos y especialistas en cargos de
por vida. En efecto, pierde todo sentido la institución-organización-autoridad, si muestran incapacidad
sistemática para realizar los fines (resolver los problemas) que motivaron a entrar en la vida asociada
y en la acción colectiva. En este sentido, de manera conclusiva, los problemas y la crisis de la organización
de la autoridad tienden a aparecer, cuando son decisiones de imperatividad general muestran empíricamente
no tener la capacidad de resolver efectivamente los problemas relacionados con la obtención de fines de
interés personal/general. La crisis organizativa y administrativa de una autoridad se evidencia en el momento
en que hay más problemas que soluciones, cuando sus planteamientos conceptuales y estrategias prácticas
son erróneos y por ello ineficaces en la solución de los diversos tipos de problemas que afectan
la realización de los objetivos deseados por los miembros activos de la organización y para cuya
consecusión juzgaron que el ingreso a una determinada asociación era racional por cuanto eficaz y
eficiente. No tiene sentido alguno entrar a una universidad cuya organización es enteramente improductiva
para la obtención de objetivos personales relacionados con la producción y empleo de conocimiento
en la sociedad.
El modelo burocrático de organización de la autoridad en la universidad ha sido el dominante en la
universidad latinoamericana, cuando menos a partir de los años sesentas. Esto se debe quizá al hecho
de que la entonces modernización del gobierno y de la empresa privada significó organizarse burocráticamente.
Pero, en el fondo, a que nuestra "cultura política" tiende a subrayar el rango protagónico
de las autoridades en la organización social y a considerar los componentes del autoritarismo (limitado
pluralismo de opciones y excesivo control vertical de los comportamientos públicos) como condiciones necesarias
de integración social y eficacia administrativa, de orden y desarrollo. A estos arquetipos culturales pertenece
también la idea de que la autoridad rodeada por una élite de intelectuales (o especialistas, en los
tiempos recientes) y un innumerable séquito de empleados de confianza, está llamada a la dirección
de una sociedad de masas, que es pensada como inmadura, plebeya, falta de claridad, desorganizada, carente de iniciativa,
llena de miedos e incapaz de asumir responsabilidades colectivas.
Esta tendencia cultural de nuestras organizaciones a estructurarse según el modelo burocrático encontró
en la universidad mexicana su oportunidad de desarrollo durante los años sesentas y setentas. El ingreso
rápido de grandes números de estudiantes a las carreras profesionales de la universidad provocó
el crecimiento paralelo de académicos y trabajadores, instalaciones y equipos, actividades de servicios.
Este extraordinario crecimiento sacudió los principios comunitarios de la tradicional convivencia universitaria
y planteó problemas inéditos de interacción y organización. El cuadro se completa si
al acelerado crecimiento se suman los movimientos políticos que acontecieron en la universidad. Los movimientos
estudiantiles de crítica teórica y activista en contra del estado desarrollista y autoritario, por
un lado, y las variadas acciones del Estado por reconquistar la universidad perdida, por el otro, exigieron la
figura de la autoridad fuerte, capaz de tener el control administrativo y político de la universidad. La
magnitud de la tarea administrativa y de las tareas de contención política condujo a suponer que
sólo un esquema de administración de masas altamente centralizado era el adecuado para enfrentar
y resolver los problemas universitarios. La burocratización de la universidad fue la manera de encarar los
problemas del cumplimiento de las funciones de docencia e investigación en una universidad de masas (gran
población, altamente demandante de servicios por su incapacidad sociocultural de resolver por sí
misma los problemas que conlleva el quehacer universitario...) y en una universidad politizada. La autoridad se
volvió no sólo una organización de gran tamaño, sino sobre todo de gran complejidad,
con división del trabajo y pormenorizada diferenciación de tareas. La autoridad universitaria aparece
hoy como una organización centralizada con funciones de decisión, gestión y control global.
Por último, si bien es cierto que ha cambiado la organización del ejercicio de la autoridad, burocratizándose,
no ha cambiado empero la estructura de autoridad, el sistema de gobierno de la universidad. La autoridad, evidentemente,
ha dividido, diferenciado y coordinado su ejercicio de mando y gobierno entre varias agencias y varios actores,
pero ella no se ha diferenciado a sí misma. Las figuras de autoridad son las mismas, como indistintas son
las reglas para la producción de la autoridad e igual su campo de decisión legítima. La burocratización
del mando universitario ha aplazado la cuestión de fondo de una reestructuración de la autoridad
en la universidad (los temas de la descentralización, la creación de nuevas figuras, la mejor composición
representativa de los órganos colegiados de autoridad...).
La excesiva e inoperante burocratización de la universidad no debe dejar de lado, sin embargo, que la organización
burocrática de la autoridad no es de suyo una contradicción con el concepto de universidad, si se
recuerda que su propiedad fundamental es la de ser un ejercicio de autoridad basado en el conocimiento. Por su
vinculación al conocimiento, la burocracia debería estar obligada al cultivo de las actitudes fundamentales
del conocimiento (imaginación, análisis, experimentación, prueba, debate intersubjetivo, crítica,
aprendizaje, corrección de decisiones y operaciones...). El terreno natural de encuentro entre la burocracia
y la academia sería justamente el cultivo de las actitudes y actividades propias del conocimiento objetivo
y argumentable.
Lamentablemente en los hechos el énfasis cae en los "otros" aspectos de la estructura burocrática,
tales como la jerarquía y el control universal, sin enfocar la cuestión de qué tan eficiente
sea este estilo de autoridad para resolver los problemas de la Organización y, por ende, de qué tan
confiable sea su base cognoscitiva de toma de decisiones. Una suerte de condena persigue a la burocracia, la de
reforzar el control sobre las conductas, pese a que el control haya cortado su conexión con la objetividad
del conocimiento y, de esta manera, se haya convertido en improductivo, costoso, sin sentido: falso. En este momento,
cuando se rompe el vínculo entre decisión y conocimiento, se sustituye el argumento válido
por la simple orden y las reglas técnicas de solución eficaz probada por el simple ritual de una
obediencia sin fisuras. En este momento será imposible detener el distanciamiento entre burocracia y academia,
lo cual generará la conocida historia de malentendidos, prejuicios, reclamos y quejas recíprocos.
Convertida la organización de la autoridad decisora en puro aparato de control se volverá ajena a
la iniciativa académica. Diversas serán sus actitudes y diversa su ética social. El entendimiento
de la autoridad como control burocrático provoca que se considere a la organización burocrática
como estructuralmente incompatible con el ejercicio de la docencia y de la investigación, y se afirme, no
sin razón, que la llamada "burocracia universitaria" está fatalmente sujeta a una "crisis
de racionalidad", a no poder resolver (y frecuentemente ni siquiera entender) las cuestiones académicas
y a ofrecer respuestas externas, insuficientes, contrarias.
4. Algunas consideraciones finales Contenido
Los problemas de autoridad en la universidad se ubican, por el lado de la dimensión institucional, en las
incorrecciones axiológicas y técnicas que la legislación general y el régimen de una
universidad llevan consigo. Por el lado de la dimensión organizativa, se ubican en la incorrección
técnica de la toma e implantación de las decisiones. Las respuestas de democratización y descentralización
son hoy, respectivamente, las respuestas más invocadas para resolver (o disminuir) los problemas de legitimidad
del régimen universitario y los problemas de racionalidad de la organización universitaria. Estas
respuestas han sido más proclamadas que desarrolladas por los universitarios. Los términos conceptuales,
legales y organizativos de la propuesta democrática y descentralizadora no han sido aún enteramente
clarificados y argumentados. Para que estos dos nuevos principiosinstitucionales-organizativosno permanezcan en
la pura abstractez de la reivindicación, se requiere un fino trabajo conceptual, un proyecto jurídico
consistente y una inteligente ingeniería de organización y administración. Hasta este momento
somos pobres en estas tres áreas decicivas de reforma de la universidad.
Este escrito no ha abordado estos tres niveles cruciales, pues el foco de las reflexiones aquí presentadas
fue la localización y caracterización de los problemas de autoridad en las universidades. Su sonoridad
y conclusión crítica podría dejar una imagen no constructiva. Pero éste no fue el propósito.
Básica fue la idea de que sin cambios en el régimen legal de gobierno y en la organización
administrativa de la autoridad universitaria, la búsqueda de la reforma académica carecería
de una condición necesaria fundamental. Una representación más ponderada de los universitarios
en los órganos de autoridad, su participación más determinante en la elección de autoridades
y en la formación de sus decisiones ("democratización" suele decirse) pueden contribuir
de manera muy importante a una superior eficacia académica y legitimidad del mando de la autoridad universitaria.
Una mayor autonomía de las comunidades locales en sus procesos de decisión, en su normatividad y
en sus formas de organización y administración ("descentralización" suele decirse)
puede contribuir a una superior eficacia y legitimidad del mando universitario.
Democratización y descentralización son quizá condiciones necesarias, pero no suficientes
para la productividad y calidad académica. Este es un debate en el filo de la navaja, aquí no desarrollado.
También, obviamente, democracia y descentralización son respuestas nacidas dentro del horizonte de
las instituciones político-estatales. Aunque, por ello, no pueden ser entendidas y practicadas en la universidad
con el mismo sentido de la asociación político-estatal, son empero, respectivamente, una forma de
régimen y una forma de organización que no pueden ser, sin más, descalificadas como realidades
impertinentes y extrañas a la "comunidad" de la universidad. No sólo pueden ser correctamente
deducidas de los valores supremos de racionalidad y libertad de la universidad, sino que pueden ser aprobadas como
formas productivas de realización de los fines y objetivos universitarios. Para que esta intuición
plausible, sustentable, no quede en el aire (en la interminable contienda ideológica), se requiere formular
proyectos precisos de democracia y descentralización y argumentar tanto su congruencia con los valores fundadores
como su eficacia operativa para los fines colectivos de la universidad. Hay que argumentar que poseen la capacidad
de regular los conflictos y de resolver los problemas. Antes de la cuestión acerca de si son condiciones
necesarias y/o suficientes de la productividad y calidad académica, está el planteamiento acerca
de sí y cómo la democracia y la descentralización contribuyen a la legitimidad ygobernabilidad
(administrabilidad) de la autoridad universitaria.
No debería ser una calamidad institucional formular reglas de producción de decisores y de decisiones,
que permitan una ampliación y ponderación de las actividades de participación, representación
y elección de los maestros y estudiantes (trabajadores). Para ello se deberán ofrecer razones que
sustenten la idoneidad institucional de un determinado número y una determinada composición de las
figuras personales y colegiadas de autoridad. Se deberán también determinar las materias de decisión
que, por su naturaleza y destinatario, pueden y deben incluir la intervención regulada (consultiva o deliberativa)
de la universidad de estudiantes, maestros y trabajadores. Una democracia indiferenciada es improductiva para los
fines de legitimidad y eficiencia de la autoridad. De la misma manera no debería ser una calamidad institucional
iniciar un proceso de desconcentración administrativa y delegación de autoridad hasta rematar en
una genuina descentralización de la autoridad. Las "facultades" (no "dependencias académicas",
según el lenguaje burocrático central) han tenido siempre el sentido jurídico de autonomía
y competencia. Para devolver sus facultades a las facultades se deberán ofrecer razones de orden institucional
y organizacional, capaces de determinar cuáles materias de decisión, por su naturaleza, tratamiento
y destinatario, pueden ser de estricta jurisdicción local. Razones institucionales y organizacionales deberán
también conducir a identificar las materias de decisión necesarias y convenientes de la rectoría
central, así como precisar los vínculos normativos entre autoridad local y autoridad general. La
teoría jurídica y la teoría de la organización ofrecen abundantes y finos teoremas,
reglas, modelos y diseños sobre una distribución equilibrada de la autoridad en sociedades complejas.
El versus unum del concepto occidental de universidad no sugiere e incluye la balcanización, sino una pluralidad
convergente en unidad.
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