DOCUMENTO DE CONSOLIDACION
DE LA CONPPEMS

Extraído de la Educación media superior en México, Vol. 4, Serie Modernización Educativa, Secretaría de Educación Pública, 1991.

Contenido del Artículo:

Introducción.
I AMBITO.
II CONSIDERANDOS.
III FUNCIONES.
IV ESTRUCTURA.
V PRIORIDADES.

 

Introducción Contenido

Para dar cumplimiento a una de las metas del programa sectorial, en la reunión presidida por el Secretario de Educación Pública licenciado Manuel Bartlett Díaz, el 14 de febrero pasado, se llevó a cabo la instalación de la Coordinación Nacional para la Planeación y Programación de la Educación Media Superior, CONPPEMS, en el salón Simón Bolívar de la misma Secretaría. En esa reunión se contó con la asistencia de los subsecretarios de Coordinación Educativa, Educación Media, Educación e Investigación Tecnológica y Educación Superior e Investigación Científica; así como con la representación de la Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza Superior, del Consejo del Sistema Nacional de Educación Tecnológica, del Instituto Politécnico Nacional, y de las Universidades: Autónoma de México, de Guadalajara, Autónoma de Nuevo León, Autónoma de Sinaloa, del Valle de México y La Salle; asimismo, se contó con la presencia de los directores del Colegio de Bachilleres, del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica y de otros responsables de centros educativos.

El titular de la SEP expresó que la CONPPEMS es una instancia necesaria para el sistema educativo, pues a través de ésta, se integrarán instituciones autónomas, descentralizadas y estatales, con el propósito de llegar a acuerdos que permitan la ayuda recíproca, respetándose siempre las diferencias y las estructuras jurídicas en que se sustentan cada una de ellas. Hizo hincapié en que con la formación de la CONPPEMS no se persigue de ninguna manera la homogeneización de la educación media superior, sino, por el contrario, se busca fortalecer la riqueza de opciones, que es el mejor patrimonio de este ciclo. Asimismo, sostuvo que con la creación de la CONPPEMS se trata de evitar la competencia innecesaria entre instituciones y la repetición de servicios, así como el desperdicio de recursos que se da cuando se coloca a las instituciones una frente a la otra, y agregó que es preciso racionalizar todo el sistema, ya que se tiene un flujo importante de egresados de secundaria, que deben encontrar oportunidades adecuadas de estudio, y cuya demanda ha de ser orientada.

El Subsecretario de Educación Media precisó que la CONPPEMS tiene como funciones planear y coordinar los servicios educativos de este ciclo, con la participación de todos los que lo integran; que logrará sus fines respetando la autonomía de las instituciones correspondientes, así como la organización regional y estatal, y que sus acuerdos tendrán siempre carácter propositivo, quedando obligadas las instituciones autónomas, sólo en la medida en que dichos acuerdos sean ratificados por sus órganos internos de gobierno.

Señaló como fines de la CONPPEMS: promover el intercambio sistemático de experiencias académico-administrativas entre las instituciones y dependencias que ofrecen esta fórmula educativa; concertar medidas coherentes para la solución de los problemas de las instituciones y dependencias que ofrecen este ciclo; concertar políticas educativas, y coordinar las acciones que de esta naturaleza se generen entre las instituciones y dependencias correspondientes; fortalecer los logros alcanzados por la educación media superior, reforzando las diferencias específicas que dan riqueza a este ciclo en cuanto al carácter formativo y terminal que le marca la Ley Federal de Educación; generar acciones de planeación y programación con el propósito de elevar la calidad académica, vinculando las opciones que este ciclo ofrece, con las necesidades sociales y comunitarias, y fomentar el intercambio de información, material didáctico, recursos humanos y servicios entre las dependencias e instituciones que brindan educación media superior, para cumplir con sus fines de manera óptima. Finalmente reiteró que la CONPPEMS realizara sus tareas concertando acciones en un marco de absoluto respeto a los estatutos y reglamentos de las dependencias e instituciones que forman parte de ella.

Con la intervención de los demás subsecretarios, así como con las de los representantes de las universidades y de la ANUIES, entre otros asistentes, se manifestó un positivo consenso sobre la concepción y fines de la CONPPEMS.

Con el propósito de concretar acciones, se conformó una subcomisión con representantes de:

ANUIES, UNAM, IPN, subsecretarías de Educación Tecnológica, Educación Superior, Educación Media, y escuelas privadas; se determinó que ésta fuera convocada por el licenciado Enrique Espinosa Suñer, como Coordinador o Secretario Ejecutivo, con objeto de elaborar un resumen de lo acordado en la citada reunión, y recibir sus puntos de vista respecto a la organización de las actividades y a la normatividad de las relaciones con que habrá de conducirse la CONPPEMS.

Con estos antecedentes y con la representación de las instituciones participantes, se plantea la constitución y funcionamiento de la CONPPEMS en los términos que integran el capitulado siguiente.

I
AMBITO

Contenido

La delimitación de la educación media superior se puede establecer operativamente a partir de lo que la legislación federal señala: por un lado la Ley Federal de Educación en su Capítulo II, relativo al sistema educativo nacional, se refiere como tipos educativos al elemental, al medio y al superior, en sus modalidades escolar y extraescolar; y precisa en su artículo 17 que el tipo medio tiene carácter formativo y terminal, comprende a la educación secundaria y al bachillerato. Por otra parte, la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, señala en su artículo 3º que el tipo educativo superior es el que se imparte después del bachillerato o su equivalente.

Derivado de estos planteamientos, es factible delinear las fronteras de la educación media superior, si se considera que forma parte de estos estudios todos los que tienen como requisito la secundaria y son anteriores a los del tipo superior, aunque, en su caso, puedan ser antecedente obligado de este último, o bien asuman el carácter de estudios terminales. Asimismo, se reconocen como estudios del ciclo superior de la enseñanza media a opciones equivalentes al bachillerato, que no coinciden funcionalmente con él.

Atendiendo a sus fines, y en función de las necesidades socioeducativas que se busca satisfacer, en la actualidad se ha clasificado a la educación media superior en tres opciones básicas: propedéutica, terminal y bivalente, como fórmulas con las que se intenta resolver las diferentes expectativas de los estudiantes respecto a su futuro ocupacional, y atender algunas de las necesidades que el país tiene de individuos capacitados para el trabajo profesional o técnico en todos los niveles y órdenes.

Es así que, aunque con variaciones a veces amplias en el acento que se pone a cada uno de los siguientes aspectos, de acuerdo con los particulares objetivos de cada institución o subsistema, la educación media superior debe proporcionar a sus alumnos: formación integral, cultura universal que incluya conocimientos científicos, humanísticos y tecnológicos generales, así como contribuir a su definición vocacional y capacidad crítica, y capacitación para la realización de una actividad productiva de tipo técnico, con nivel profesional en una práctica específica. Sin embargo, cabe desde este momento plantear que todo aprendizaje o conocimiento adquirido en este ciclo tiene tanto carácter preparatorio como aplicativo, por lo que resulta prácticamente imposible separar en forma tajante el aspecto propedéutico del terminal en su naturaleza, hecho que le otorga calidad de ciclo completo en sí mismo, aunque aprovechable para distintos fines.

Contemplada desde esta perspectiva la educación media superior está compuesta, a la fecha, por todos los estudios que reúnen las características antes mencionadas, tales como: bachillerato de las universidades, colegios de bachilleres, preparatorias federales por cooperación, bachillerato pedagógico y bachilleratos estatales; CONALEP, CETIS, CBTIS, CECyT, CBTA, CETI, CETMAR, CBTF y bachillerato de los institutos tecnológicos.

II
CONSIDERANDOS

Contenido

Tomando en cuenta la necesidad de realizar actividades y tareas de:

* Planeación y programación de le educación media superior en su conjunto, que mantenga la pluralidad necesaria de expresiones en que se manifiesta este ciclo.

* Conciliación de los intereses académicos involucrados, que respete los regímenes institucionales.

* Concertación de políticas de atención a la demanda en este ciclo entre las diferentes instituciones, en función de las necesidades e intereses de los demandantes y de la Nación, considerando a su vez las posibilidades de cada institución.

* Ampliación racional de los recursos humanos, financieros y materiales destinados a la prestación de estos servicios, y lograr su mejor aprovechamiento.

* Ampliación de la cantidad y naturaleza de las equivalencias y revalidaciones, reconocimiento de estudios parciales entre los organismos e instituciones que los imparten.

* Concertación de políticas comunes que den mayor racionalidad al universo de la enseñanza media superior.

* Vinculación de la educación media superior con el sector productivo, con los beneficios que implica para ambas partes.

Por lo antes expuesto y en cumplimiento del Programa para la Modernización Educativa 1989-1994, se crea por iniciativa de la Secretaria de Educación Pública la COORDINACION NACIONAL PARA LA PLANEACION Y PROGRAMACION DE LA EDUCACION MEDIA SUPERIOR, que es una instancia cuyo propósito esencial es coadyuvar al mejoramiento de este ciclo educativo en su conjunto, mediante la concertación de acciones y tareas tanto de planeación, como de coordinación, y vinculación de las actividades inherentes a las instituciones que lo tienen a su cargo, así como aquellas que fortalezcan la coherencia que la educación media superior debe guardar con la secundaria, con los estudios de tipo superior y con el sector productivo.

III
FUNCIONES

Contenido

Para los efectos de concertación y vinculación que son su razón de ser, la COORDINACION NACIONAL PARA LA PLANEACION Y PROGRAMACION DE LA EDUCACION MEDIA SUPERIOR (CONPPEMS) se constituirá con la representación de la Secretaria de Educación Pública, la Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza Superior, y de todos los organismos e instituciones que ofrecen educación media superior en el país. En este mismo sentido, su límite de actuación será, de acuerdo con los alcances de los problemas o cuestiones a atender, en los ámbitos nacional y estatal, incorporando en sus trabajos a todas las instituciones que imparten este ciclo en el plano correspondiente.

Acorde con esta concepción, las funciones de la CONPPEMS son:

* Planear y programar acciones que mejoren los servicios educativos, con la meta de elevar la calidad académica y mejorar la formación de los egresados.

* Concertar políticas de atención a la demanda, en función de las necesidades y los intereses de los demandantes, de la Nación y de las instituciones educativas.

* Promover el intercambio sistemático de productos y experiencias académicas, administrativas y académico-administrativas, para propiciar el desarrollo armónico de las instituciones.

* Establecer mecanismos de vinculación con el ciclo de la secundaria y el nivel superior en las cuestiones que propicien el mejor funcionamiento de la continuidad educativa.

* Identificar los problemas inherentes al ciclo y acordar las acciones necesarias para su solución.

* Proponer y concertar mecanismos tendientes al mejor desempeño funcional del ciclo.

* Fortalecer los logros alcanzados por la educación media superior, reforzando las diferencias específicas que le dan riqueza en cuanto a su carácter formativo y terminal.

Al respecto, la CONPPEMS cumplirá sus funciones respetando siempre la autonomía de las instituciones participantes, su régimen legal y la organización regional y estatal de que formen parte. En este mismo sentido, los acuerdos tomados por el todo o las partes de la CONPPEMS tendrán en principio carácter únicamente propositivo, y llegarán a obligar a las instituciones en la medida en que tales acuerdos sean ratificados por sus órganos de gobierno.

La distinta naturaleza de las instituciones que integran la CONPPEMS obliga, en primera instancia, a la definición de mecanismos eficientes y válidos de vinculación para operar, los cuales tendrán como característica esencial el respeto a la identidad jurídica y académica de cada participante. En este orden de ideas la CONPPEMS deberá conciliar propuestas y acciones interinstitucionales, mediante reuniones periódicas en las que se manifiesten y articulen los puntos de vista y perspectivas de las diferentes opciones, culminando tales actos con la celebración de convenios o toma de acuerdos según sea el caso, adoptándose las fórmulas de compromiso que a cada institución u opción corresponda según se trate de entidades autónomas, estatales, federales, descentralizadas o desconcentradas.

Las acciones que se desprendan de los convenios y acuerdos antes citados, quedarán a cargo de las instituciones participantes.

IV
ESTRUCTURA

Contenido

Integrada la CONPPEMS por todas las instituciones y dependencias que imparten o tienen a su cargo la educación media superior, para los efectos funcionales se organiza en tres grandes niveles articulados.

El primero, designado "Comisión Nacional de Educación Media Superior", bajo la presidencia del Secretario de Educación Pública, se integra con los Subsecretarios de Coordinación Educativa, de Enseñanza Media, de Educación e Investigación Tecnológica y de Educación Superior e Investigación Científica, el Secretario General Ejecutivo de la Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza Superior, y los Rectores de la Universidad Nacional Autónoma de México, la Universidad Autónoma de Nuevo León, la Universidad de Guadalajara y la Universidad Autónoma de Yucatán, así como el Director General del Instituto Politécnico Nacional. Esta instancia será la encargada de concertar políticas nacionales para la educación media superior, y determinar medidas y acciones interinstitucionales que promuevan y mejoren este nivel.

El segundo, denominado "Comisión Auxiliar de Educación Media Superior", contará con la presidencia rotatoria que recaerá por votación interna en cualquiera de sus integrantes, eligiéndose en cada reunión ordinaria la presidencia de la siguiente; en ella se agruparan los titulares directivos o funcionarios responsables de las diferentes opciones y modalidades de este ciclo educativo.

- Escuela Nacional Preparatoria (UNAM).

- Colegio de Ciencias y Humanidades, ciclo de bachillerato (UNAM).

- Centro de Estudios Científicos y Tecnológicos (IPN).

- Colegio de Bachilleres (México).

- Secretaria General Ejecutiva de la ANUIES.

- Secretaria Ejecutiva del COSNET.

- Dirección General de Educación Tecnológica Industrial (DGETI).

- Dirección General de Educación Tecnológica Agropecuaria y del Mar (DGETAM).

- Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP).

- Unidad de Educación Media Superior (SEM), en representación de los Colegios de Bachilleres estatales y de las Escuelas Preparatorias Federales por Cooperación, la Preparatoria Federal "Lázaro Cárdenas" y los Centros de Estudios de Bachillerato (antes Bachillerato Pedagógico).

- Bachillerato de las Universidades: Autónoma de Nuevo León, Autónoma de Yucatán y de Guadalajara.

- Un representante de las escuelas privadas de este ciclo.

En esta Comisión Auxiliar se concertará la actuación de los diversos sectores, en función de las políticas generales emanadas de la Comisión Nacional; se articularán los procesos de trabajo; se manifestarán o en su caso se jerarquizarán las necesidades a atender, y se formalizarán las propuestas que deban ser presentadas a la Comisión Nacional para su acuerdo, ventilándose a su vez las formas de asumir operativamente los acuerdos y políticas generales surgidas de ésta última.

El tercer nivel, por encargo o delegación de la Comisión Nacional o de la Comisión Auxiliar, estudiará temáticamente los diferentes problemas que atañen a la educación media superior, conformándose por Grupos de Trabajo que alimenten y orienten las decisiones y actuación de las partes anteriores, profundizando en las implicaciones que para ellas representa el adoptar las posiciones viables. Estos Grupos de Trabajo estarán integrados por un número variable de miembros según la cuestión o problema al que se aboquen y las instituciones insertas en el tema.

La dirigencia de estos grupos podrá recaer tanto en los miembros de las Comisiones Nacional y Auxiliar, como quedar bajo la dirección de expertos en la materia correspondiente.

Con objeto de intercomunicar, articular y seguir operativamente las propuestas, trabajos y acuerdos de los tres niveles de la CONPPEMS, ésta contará con el apoyo permanente de una Secretaria Ejecutiva, que ademas se encargará de realizar las tareas que no hayan quedado a cargo o no hayan sido asumidas, como responsabilidad específica, por cualquiera de las partes de la CONPPEMS, promoviendo las acciones que adicionalmente beneficien a este ciclo educativo.

Para el anterior efecto, el Secretario Ejecutivo de la CONPPEMS fungirá igualmente como Secretario de la Comisión Auxiliar, transmitiendo sus acuerdos a la Comisión Nacional y colaborando en la estructuración y seguimiento de las tareas de los Grupos de Trabajo.

Por lo que hace a la periodicidad o temporalidad en la actuación de las citadas estructuras de organización de la CONPPEMS, la Comisión Nacional se reunirá de manera ordinaria semestralmente, y extraordinaria a pedimento del Presidente de la propia Comisión Nacional o cuando la Comisión Auxiliar solicite su intervención u orientación, en los casos o circunstancias que lo ameriten.

A su vez, la Comisión Auxiliar sesionará trimestralmente con las agendas que la Secretaría Ejecutiva integre a iniciativa de los miembros de la Comisión Nacional, o de la propia Comisión Auxiliar. La Secretaría Ejecutiva de la CONPPEMS funcionará de manera permanente, articulando los niveles y apoyando a los Grupos de Trabajo, siguiendo sus tareas y presentando sus productos a la Comisión Auxiliar.

Por último, los Grupos de Trabajo se integrarán en el número suficiente para desahogar lo que las Comisiones juzguen pertinente o prioritario; se reunirán con la periodicidad que en cada caso se requiera para el desahogo oportuno de sus tareas y se disolverán cuando cualquiera de las Comisiones las considere agotadas o logradas sus metas. Los miembros de estos Grupos de Trabajo serán designados por los integrantes de la Comisión Auxiliar de entre el personal de las propias instituciones o dependencias de educación media superior.

Con objeto de recoger puntos de vista, y en su caso consenso sobre los temas abordados por los Grupos de Trabajo, se integrarán estatalmente los grupos necesarios, desembocando los resultados y propuestas en foros nacionales.

V
PRIORIDADES

Contenido

Asuntos prioritarios de concertación que serán atendidos conforme al desarrollo de la estructura de la CONPPEMS:

* Autoevaluación de los planes y programas de estudio, buscando mejorar la formación y el desarrollo integral de los estudiantes.

* Establecimiento de políticas y medidas que conduzcan a la atención de la demanda en términos más equilibrados, y en coincidencia con las circunstancias evolutivas del país.

* Constitución de un programa nacional de actualización de la docencia.

* Constitución de un sistema integral de información correspondiente a este ciclo, de cuya consulta se puedan servir los interesados para la toma de decisiones.

* Realización de estudios e investigaciones educativas en que puedan apoyarse convenios interinstitucionales, en torno al tránsito de alumnos y sus necesarias condicionantes.

* Puesta en marcha de un programa editorial, específicamente destinado a favorecer la comunicación y el intercambio del bagaje académico entre las partes integrantes de este ciclo.

* Identificación y concertación de mecanismos que permitan el acceso a estudios superiores, de los egresados de las instituciones de educación media superior que actualmente imparten opción estrictamente terminal.

* Establecimiento de nexos con la comunidad y con el sector productivo, que dé lugar a la formulación de cada vez mejores y más adecuados programas de capacitación para el trabajo, así como a la contribución de dicho sector para la realización de esta tarea institucional.

* Promoción de acciones tendientes a mejorar las instalaciones, el acervo bibliográfico y el financiamiento de las instituciones.

* Evaluación integral del funcionamiento orgánico de la educación media superior, como ciclo que posee un valor en sí mismo y confiere a sus egresados una calidad personal definida.

* Delimitación del campo y definición de los protagonistas de la educación media superior, con objeto de caracterizar con mayor precisión las propuestas de orden académico que deban plantearse en el seno de la CONPPEMS.

* Promoción de los sistemas abiertos de educación media superior.

* Diseño y puesta en marcha de un programa nacional de capacitación de directivos.